LUMORE · Property administration and asset management
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General Terms and Conditions of Service

Governing access, digital platform interaction, and real estate service contracts with LUMORE S.A.S.

Version 3.0·Effective: 2026·Medellín · Montería

1. Objeto y Ámbito de Aplicación

Los presentes Términos y Condiciones regulan el acceso y uso del sitio web lumore.co y sus plataformas tecnológicas asociadas, así como los términos bajo los cuales LUMORE S.A.S. presta sus servicios fiduciarios, de corretaje, administración de arrendamientos, asesoría técnica y estructuración patrimonial inmobiliaria en el territorio colombiano e internacional.

El ingreso, navegación o utilización de cualquier servicio de la plataforma constituye aceptación libre, voluntaria y expresa de estas condiciones. Si usted no está de acuerdo con alguno de los términos, deberá abstenerse de usar la plataforma.

2. Alcance de los Servicios Inmobiliarios

LUMORE opera bajo las modalidades y líneas de negocio debidamente autorizadas:

A. Administración Integral de Arrendamientos

Celebración de contrato de mandato para recepción del inmueble, mercadeo selectivo, estudio crediticio de prospectos, suscripción de póliza aseguradora de cánones, cobro y facturación mensual, liquidación y giro de saldos netos al propietario con extracto pormenorizado.

B. Compraventa y Brokerage Inmobiliario

Comercialización exclusiva de propiedades bajo autorización firmada por el propietario, revisión de títulos de tradición, filtro de liquidez previa de compradores, redacción de promesa de compraventa con firma electrónica y acompañamiento integral en notaría hasta inscripción de escritura pública.

C. Asesoría Pericial y Due Diligence

Auditoría documental y técnica pre-compra: estudio histórico de títulos de 10 años, inspección física pericial con registro fotográfico e informe gerencial con recomendación explícita.

D. Gestión Patrimonial y Remodelación Estratégica (Flipping)

Consolidación de activos inmobiliarios, auditoría de rentabilidad real (cap rate), diseño de planes de remodelación para captura de plusvalía y reporte trimestral auditado para inversionistas locales y extranjeros.

4. Consignación y Mandato de Propietarios

Todo propietario o apoderado legal que consigne un inmueble ante LUMORE declara bajo la gravedad del juramento que es el titular legítimo del dominio o cuenta con poder suficiente y vigente para disponer del bien, y que el inmueble se encuentra libre de embargos, gravámenes o medidas cautelares no reveladas, o que las mismas han sido informadas por escrito a LUMORE para su estudio previo.

5. Solicitudes de Arrendamiento y Estudio Asegurador

El diligenciamiento del formulario de solicitud de arrendamiento autoriza a LUMORE y a sus aseguradoras y afianzadoras aliadas a consultar, procesar y reportar la información financiera en centrales de riesgo. La aprobación o rechazo del arrendatario y codeudor es competencia del comité de suscripción aseguradora con base en criterios objetivos de solvencia y capacidad de pago.

6. Propiedad Intelectual y Producción Audiovisual

El software de la plataforma, el código fuente, la identidad corporativa, logotipos, marcas comerciales, fotografías arquitectónicas en alta resolución, videos y textos editoriales son propiedad exclusiva de LUMORE S.A.S. Queda terminantemente prohibida su reproducción, extracción mediante técnicas de raspado de datos (web scraping), alteración o uso con fines comerciales por parte de terceros sin autorización previa y por escrito.

7. Limitación de Responsabilidad

LUMORE no responderá por interrupciones temporales del servicio originadas en fallas técnicas ajenas, mantenimiento de servidores o eventos de fuerza mayor o caso fortuito. La asesoría comercial de LUMORE no sustituye dictámenes periciales estructurales o pronunciamientos de autoridades judiciales.

8. Ley Aplicable, Conciliación y Jurisdicción

Los presentes Términos se rigen e interpretan conforme a las leyes de la República de Colombia. Cualquier controversia, diferencia o reclamación que no pueda resolverse de mutuo acuerdo directo en un plazo de treinta (30) días calendario, será sometida prioritariamente a un centro de conciliación legalmente autorizado en la ciudad de Medellín (Antioquia). En su defecto, las partes se someterán a la jurisdicción ordinaria de los jueces competentes de Colombia.